A través de este trámite los/as extranjeros/as no comunitarios/as sin autorización de residencia permanente podrán solicitar larenovación de su inscripción en el Padrón Municipal.
El Padrón es el registro que acredita la residencia y el domicilio de los/as vecinos/as del municipio a todos los efectos administrativos.
Toda persona que viva en el Estado (nacional o extranjera) está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio donde reside habitualmente. La inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de los/as extranjeros/as no comunitarios/as sin autorización de residencia permanente deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años.
Si transcurridos dos años desde su inscripción, sin que el interesado/a hubiere realizado el trámite de renovación, se procederá a su baja del Padrón de Habitantes.
Este trámite está dirigido únicamente a inmigrantes. Quienes vivan en más de un municipio se inscribirán en el que residan durante más tiempo al año. El/la vecino/a tiene derecho a conocer la información que consta en el Padrón sobre su persona y a exigir su rectificación cuando sea errónea o incorrecta.